Hay que destacar que cada país, tiene un sistema dentro del marco de legislación referente al tema de la donación de óvulos, normalmente existe países en el cual no está permitido esta técnica medica directamente; hay casos como lo es Gran Bretaña y otros países, donde la donación no es anónima incluso se puede dar el nombre o la información del donante a los pacientes, y si después si el sucesor en este caso el hijo, quiere si y solo si él lo desea, puede tener toda información referente sobre la persona que hizo la donación. Esta forma ha hecho disminuir de forma drástica el número de donaciones en ese país. En caso contraria tenemos a España, en el cual la donación es completamente anónima, en tal motivo las clínicas donde realizan la reproducción asistida nunca facilitará los datos del donante al paciente sea la circunstancia que sea. Es de mencionar que de igual forma al donante tampoco se le suministra información sobre el paciente que utilizarán sus espermatozoides, todo esto permanece en anonimato completamente. Cabe destacar que el donante de esperma puede saber si el tratamiento ha salido completamente bien e incluso saber cuántos hijos han nacido de sus donaciones de espermas y todo lo relacionado al mismo.
Se puede reflejar que en la ley queda contemplado, que ante cualquier caso de alteraciones bien sea de forma genética o incluso por problemas de salud graves en el feto o niño, se le puede indicar al donante que facilite toda la información sobre el historial médico que disponía, incluso se puede tener acceso varios años después de la misma donación, pero es de destacar que en este caso es sumamente necesaria una orden judicial para así trabajar bajos los poderes que directamente se obtienen dentro del marco legal y que a además pueda realizar todo procedimiento por medios de los especialistas del centro o bajo las instrucciones judiciales, pero hay que mantener bien claro en todo momento es que nunca se pondrían en contacto directamente a ambas partes directamente.